Consolidación fiscal

Consolidación fiscal

Homologado por el ICAC

12, 19 y 26, de marzo, martes de 2024

Este curso es un módulo de: Consolidación contable y fiscal

Fechas:
12, 19 y 26, de marzo, martes

Presencial

Videoconferencia

Horario:
de 16:00 a 20:00 h.

Profesor

Foto de Jon Bernaola Barcos

Jon Bernaola Barcos

Inspector de la Hacienda Foral de Navarra

PROGRAMA

  1. Introducción.
    1. Normativa.
    2. Unidad económica.
  2. Los Grupos Fiscales en el Convenio Económico:
    1. Regulación actual. Régimen transitorio.
    2. Tributación a varias AATT.
    3. Competencia inspectora.
  3. Sujeto Pasivo y responsable tributario.
    1. Régimen individual y régimen del grupo.
    2. Sujeto Pasivo.
    3. Representación.
    4. Responsabilidad Tributaria:
      1. Responsabilidad por la deuda tributaria consolidada.
      2. Responsabilidad por las infracciones tributarias.
    5. Prescripción.
  4. El perímetro fiscal:
    1. Diferencias entre el perímetro fiscal y contable.
    2. Requisitos generales de integración en el grupo.
    3. Sociedad dominante.
    4. Sociedades dependientes.
    5. Causas de inhabilitación de pertenecer al grupo.
  5. Aplicación del R.E. – requisitos formales.
    1. Acuerdo social.
    2. Comunicación.
    3. Ámbito temporal de aplicación.
  6. Dinámica del régimen especial.
    1. Inclusión de sociedades dependientes.
    2. Exclusión de sociedades dependientes.
  7. Determinación del dominio.
    1.  Dominio indirecto.
    2.  Dominio directo e indirecto.
    3.  Dominio recíproco, circular y complejo.
  8. Determinación de la B.I. del Grupo Fiscal.
    1. Sumatorio de B.I. individuales.
      1. Nueva limitación temporal a la agregación de bases en TC.
    2. Eliminaciones.
    3. Incorporaciones.
  9. Especialidades del R.E. Consolidación Fiscal en cuanto a la aplicación de algunos incentivos fiscales del IS foral navarro:
    1. Exención por Reinversión.
    2. REI.
  10.  Reducciones de la B.I. del grupo fiscal: especial referencia a la reducción de Bases Liquidables negativas.
    1.  Aplicación del mínimo de un millón € respecto de las BLNs pre-consolidación.
  11. Período impositivo, tipo de gravamen y cuota íntegra.
  12. Deducciones y bonificaciones de la cuota íntegra.
  13. Obligaciones de información.
  14. Extinción del Grupo Fiscal y pérdida del régimen especial.
    1. Extinción del grupo fiscal.
    2. Perdida del régimen especial
    3. Efectos de la pérdida del régimen especial y de la extinción del grupo fiscal.
    4. Separación de sociedades dependientes.
  15. Declaración, autoliquidación e ingreso del Grupo Fiscal.

INFORMACIÓN GENERAL

Objetivo
Esta acción formativa pretende ofrecer un recorrido general y una primera aproximación al régimen especial de consolidación fiscal, desde el concepto de contribuyente y los requisitos para formar parte de un grupo fiscal, hasta la mecánica en la aplicación y el funcionamiento del propio régimen, haciendo además hincapié tanto en la regulación de los grupos fiscales contenida en el Convenio Económico como en aquellos aspectos materiales y formales en los que la norma navarra pueda diferir de la regulación contenida en la norma estatal.

Dirigido a:
Profesionales del ámbito económico financiero y fiscal y, en general, a toda persona interesada en los temas fiscales en general.

Curso homologado por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) para la formación continuada de auditores/as en materia relativa a contabilidad y auditoría, por su duración.

Fechas:
12, 19 y 26, de marzo, martes

Número de sesiones:
3

Horario:
de 16:00 a 20:00 h.

Número de horas:
12

Elige la modalidad que mejor se adapte a ti:

Presencial*
Club de Marketing de Navarra

Videoconferencia*
Aula virtual, Zoom

*En caso de necesidad podrías cambiar de una opción a otra, previo aviso, siempre que queden plazas disponibles.

Inscripciones:

Socios/as:
285 €

Actividad bonificable por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo. Las empresas socias pueden solicitar su tramitación gratuita indicándolo en la inscripción web con al menos dos días de antelación

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